La Superintendencia de Electricidad (SIE) publicó el nuevo Reglamento de Generación Distribuida, una normativa que regirá a partir de ahora todas las instalaciones de paneles solares para autoconsumo en residencias, comercios e industrias en la República Dominicana.
El reglamento aplica a los Prestadores de Servicio eléctricos, tanto públicos (EDES), privados (Puerto Plata Electricidad, El Progreso El Limón y Compañía Luz y Fuerza Las Terrenas) como a los Sistemas Aislados (CEPM, Costasur, Punta Cana y CENETUR).
La nueva regulación es el resultado de más de tres años de reuniones y vistas públicas entre los sectores empresarial, social y gubernamental, logrando un consenso orientado al desarrollo sostenible y a la masificación de la energía solar de autoconsumo en el país.
Carlos Janáriz, presidente de RENSA Solar y de la Asociación de Empresas de Energía Renovable y Eficiencia Energética (ASEEFER), expresó su satisfacción con la mayoría de los cambios introducidos.
“La población sí podrá beneficiarse del sol sin tanta burocracia e interpretaciones innecesarias. Ahora sí se pueden poner paneles solares”, afirmó.
Entre los principales beneficios del nuevo reglamento, Janáriz destacó:
Se mantiene sin cambios el esquema de Medición Neta.
La instalación de paneles solares no será motivo para cambiar la tarifa eléctrica del usuario.
Los medidores bidireccionales ya no deberán ser pagados por el usuario.
Las instalaciones de cero inyección no requieren permisos, solo la presentación de diseños y la implementación de sistemas de anti-vertido.
Se elimina el límite de instalación de 25 kW para residencias y 1.5 MW para empresas; ahora el tope será el consumo de los últimos 12 meses, más un 5 % o 10 % según el caso.
Si la prestadora no responde en 45 días, el proyecto se considerará aprobado automáticamente.
El plazo máximo para revisión e inspección se reduce considerablemente, con consecuencias claras ante el silencio administrativo.
Se otorgan 6 meses para ejecutar el proyecto una vez aprobado.
Se elimina el límite de 15 % de penetración solar por circuito, obligando a las prestadoras a publicar estos datos.
Los instaladores deberán certificarse ante la SIE en un plazo de 3 años.
Las prestadoras no podrán exigir normas técnicas no aprobadas previamente por la SIE.
En caso de rechazo, la prestadora deberá justificarlo con estudios técnicos detallados.
El tiempo de evaluación de proyectos se reduce de 45 a 10 días.
Como aspecto negativo, Janáriz señaló que el reglamento concede un plazo de cinco años para que los usuarios actuales se adapten a la nueva normativa y que los usuarios monómicos deberán pagar un 25 % de la energía inyectada al precio de compra, lo que afecta especialmente a residencias de menos de 10 kW y a los sistemas aislados.
No obstante, concluyó que el balance general es positivo:
“Lo mejor es enemigo de lo bueno, pero hemos logrado un avance considerable para el desarrollo sostenible de la energía solar en la República Dominicana, beneficiando a la clase media y a los sectores comercial e industrial. Es momento de dejar que el sol pague por ti.”

